En coherencia con el Convenio de Estambul sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres, en vigor en nuestro país desde el 2014, que en su artículo 39 ya tipificaba las esterilizaciones forzosas como delito, el Pleno del Senado ha aprobado en el día de hoy la proposición de Ley Orgánica de modificación del Código Penal para la erradicación de la esterilización forzada o no consentida de personas con discapacidad incapacitadas judicialmente.
Al no haberse presentado enmiendas por los Grupos del Senado al texto recibido de la Cámara Baja, se ha aprobado sin modificaciones y por unanimidad, tal y como sucedió en el Congreso, en el que todos los grupos respaldaron la iniciativa. Esta modificación elimina el párrafo segundo del artículo 156 que despenalizaba las esterilizaciones no consentidas, previa autorización judicial.
Este es un avance normativo que viene precedido de un importante trabajo reivindicativo y de incidencia política del movimiento social de la discapacidad al que se han ido sumando agentes sociales y fuerzas políticas comprometidas con la defensa de los derechos humanos.
Es, además, un hito importantísimo para todo el movimiento asociativo de CEMUDIS, puesto que supone un gran avance hacia la igualdad, la eliminación de la violencia y la protección de los derechos humanos de las mujeres y niñas con discapacidad.