La Administración General del Estado y los gobiernos autonómicos tendrán que reservar por Ley un mínimo de contratos públicos en favor de centros especiales de empleo de personas con discapacidad, así como de empresas de inserción social de personas en riesgo de exclusión.
Así lo establece una reforma de la Ley de Contratos del Sector Público operada por la Ley por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado.
Hasta ahora, esta reserva, según la legislación de contratos del sector público, era facultativa para las Administraciones, decidiendo al efecto el órgano contratante. Desde que entre en vigor esta reforma, la reserva de un mínimo de contratos en favor de centros especiales de empleo y de empresas de inserción pasa a ser obligatoria.
Con arreglo al nuevo precepto, serán el Consejo de Ministros y los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas los que mediante acuerdo determinarán el mínimo de contratos que se reservan a estas empresas sociales.
El CERMI considera positiva esta medida en tanto refuerza la dimensión social de la contratación pública, y espera que se avance más intensamente en esta dirección en la nueva ley de contratos del sector público que España debe promover antes de 2016 por mandato de la Unión Europea.