COCEMFE CV quiere mostrar su satisfacción ante la publicación de la primera sentencia favorable a una persona con discapacidad afectada por la imposición del copago en servicios de atención a la situación de dependencia a través del decreto 113/2013, que establecía los precios públicos en este tipo de servicios y que ya fue anulado por el Tribunal Superior de la Comunitat Valenciana (TSJCV) el pasado mes de octubre.
Esta sentencia ha sido publicada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº3 de Valencia y esgrime los argumentos que el TSJCV estableció en su decisión de 2014: que la Generalitat no tiene competencia para su regulación y que no responde al “principio constitucional de reserva de ley ni acata la legalidad tributaria”.
Javier Segura, presidente de COCEMFE CV, ha reiterado el rechazo de esta medida por parte de las personas con discapacidad: “Independientemente de precio público o tasa, estamos en contra de medidas que se produzcan en contra de las personas con discapacidad, en especial en perjuicio de aquellas con unos pensiones no contributivas e ingresos más bajos”. “Por ello, nos congratulamos de la decisión de esta jueza y agradecemos el esfuerzo que ha realizado la persona denunciante en particular y del sector en general, desde donde COCEMFE CV ha apoyado la lucha contra el copago en dependencia”, ha añadido.
La sentencia impone a la administración la devolución de las cantidades pagadas por la usuaria hasta la fecha con sus intereses legales y las costas, y abre una vía para todas aquellas personas con discapacidad afectadas por el decreto 113/2013.
Iniciativa Legislativa Popular
La entidad recuerda que apoya la iniciativa del CERMI de recogida de firmas contra el copago considerado “confiscatorio” por el sector de la discapacidad que pretende que el 90% de las personas afectadas por esta medida queden exentas, y cuyo objetivo es lograr la cifra de medio millón de firmas de ciudadanos para modificar la Ley de Dependencia y establecer criterios uniformes, claros y justos en lo que se refiere al copago.
El contenido de la ILP está basado en la modificación de los artículos 13 y 33 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (LAPAD), y lo que se solicita es una revisión de los criterios con las siguientes exigencias: que una persona con una renta mensual inferior a 1.331 euros no copague ningún servicio, que nadie pague más del 60% del coste del servicio y que se tengan en cuenta tanto las cargas familiares como el momento de aparición de la situación de dependencia para el cálculo de la renta personal.
La iniciativa legislativa popular puede firmarse a través de Internet, en la página https://www.mifirma.com/proposals/52, para lo cual es necesario disponer de la firma digital certificada por el órgano competente, y a través de los pliegos en papel que el CERMI CV ha puesto a disposición de las personas interesadas tanto en su sede (Gran Vía Ramón y Cajal, 13) como en las de sus federaciones miembro. Asimismo, existe una página web oficial que recoge toda la información sobre la ILP (http://ilp-noalcopagoconfiscatorio.blogspot.com.es).