El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), entidad de la que forma parte COCEMFE, ha denunciado ante la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, la exclusión que sufren determinados trabajadores con discapacidad sobrevenida del sistema de bonificaciones establecido por la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.
En concreto, el CERMI advierte de que el esquema de bonificaciones previsto en dicha ley dificulta el mantenimiento del puesto de trabajo en los casos en que se adquiere una situación de discapacidad sobrevenida durante la vigencia de la relación laboral con su empresa, en virtud de las exclusiones fijadas en el artículo 6.1.c) y d) de dicha Ley. Ambos apartados impiden el acceso a bonificación a los contratos formalizados con empleados que hayan trabajado durante los dos años anteriores en la misma empresa en el caso de que tuvieran un contrato indefinido, o durante los seis meses previos, si éste fuera temporal, así como en los casos en que el trabajador hubiera estado activo laboralmente con un contrato indefinido en cualquier otra empresa durante el trimestre anterior a la fecha de la formalización del contrato, salvo que hubiera sido despedido de forma improcedente o en el marco de un despido colectivo.
Se trata de un régimen de exclusiones que, según denuncia el CERMI, bloquea la aplicación de los incentivos a la contratación previstos en la ley a las personas que teniendo un contrato previo con la empresa adquieran una discapacidad por enfermedad común, accidente laboral o cualquier otra causa.
El CERMI pone de manifiesto la paradoja que se produce con la legislación actual, que incentiva a la empresa a sustituir al trabajador que ya tiene en plantilla por otro diferente con discapacidad para beneficiarse de las bonificaciones previstas en la Ley. En opinión del Comité, es evidente que la ley actual estimula que la empresa se desprenda del trabajador con discapacidad sobrevenida, ya que suele prejuzgar sin base que va a tener un mayor absentismo o una menor capacidad de trabajo, sin que obtenga la compensación que significa la aplicación del descuento en la cotización a la Seguridad Social.
Ante este escenario, el CERMI urge a que se eliminen todas las exclusiones, de tal manera que un contrato indefinido ordinario pueda convertirse en la modalidad prevista para las personas con discapacidad, beneficiándose la compañía de todas las bonificaciones. De este modo, se contribuiría todavía más a la empleabilidad de este colectivo, sobre todo cuando la discapacidad es adquirida durante la relación laboral con una empresa, o cuando hace poco tiempo que ha trabajado en la misma.